¿Qué es la regulación de la IA en Paraguay?
Regulación de la IA: países y regiones
A mediados de 2026, Paraguay no cuenta con una ley de inteligencia artificial dedicada y promulgada. Un proyecto de ley de IA basado en riesgos llegó al Senado en mayo de 2025, pero permaneció en comisión. La IA se rige de forma indirecta: mediante la Ley N.º 7593/2025, la primera ley integral de protección de datos del país (promulgada en noviembre de 2025 y plenamente exigible a partir de noviembre de 2027), junto con normas sectoriales específicas para el poder judicial y el regulador sanitario, y compromisos éticos no vinculantes con UNESCO. El ministerio de TIC, MITIC, coordina la política digital.
Revisado por Jackie, Head of Learning & Development, Levellers - Última revisión: 8 de junio de 2026
Qué significa esto
Paraguay aún no regula la inteligencia artificial mediante un único instrumento normativo vinculante. No existe ninguna ley de IA, ningún regulador de IA ni ninguna estrategia nacional de IA exigible. Lo que hay en su lugar es un conjunto fragmentado: una nueva ley general de protección de datos, una ley de datos crediticios mucho más antigua, un puñado de normas institucionales específicas y una serie de compromisos internacionales voluntarios. Quien busque un equivalente paraguayo del EU AI Act no lo encontrará.
El avance más importante reciente no es una ley de IA, sino una ley de privacidad. El 27 de noviembre de 2025, tras cuatro años de impulso sostenido desde un anteproyecto de 2021, el presidente Santiago Peña promulgó la Ley N.º 7593/2025 sobre Protección de Datos Personales, el primer marco integral de protección de datos de Paraguay. Dado que casi todos los sistemas de IA tratan datos personales, esta ley se convertirá en la columna vertebral práctica de la gobernanza de la IA una vez que sea plenamente exigible, aunque no mencione la IA como su objeto principal.
Mientras tanto, un proyecto de ley específico sobre IA avanza por el Congreso, los tribunales y el regulador sanitario han emitido sus propias normas internas sobre IA, y el gobierno impulsa una gran alianza con Taiwán en materia de centros de datos y computación. Ninguna de estas iniciativas constituye una ley de IA general y transversal. Paraguay se describe mejor, por tanto, como una jurisdicción en etapa inicial que está construyendo los cimientos de la gobernanza de la IA, más que como una que ya regula la IA directamente.
Por qué importa
Para las organizaciones que despliegan o gestionan IA en Paraguay, el mensaje práctico es que el cumplimiento normativo pasa actualmente por la ley de protección de datos, las normas sectoriales y los contratos, no por un estatuto específico de IA. El período de vacatio legis de 24 meses de la Ley N.º 7593/2025 implica que las obligaciones centrales (base jurídica, transparencia, seguridad, derechos de los interesados y evaluaciones de impacto para tratamientos de alto riesgo como la biometría y la vigilancia a gran escala) serán plenamente exigibles en noviembre de 2027. Ese plazo es el verdadero reloj de cumplimiento para quienes desarrollan IA, porque es el marco normativo que abarcará la mayor parte de la toma de decisiones automatizada.
También es relevante que Paraguay se esté posicionando como un hub regional de computación. En mayo de 2026, el presidente Peña anunció, durante una visita a Taiwán, un centro soberano de computación para IA financiado al 50/50, enmarcado en el vasto superávit de energía limpia del país: solo la mitad paraguaya de la represa de Itaipú, de 14.000 MW, podría abastecer al país aproximadamente tres veces. Ese superávit ha despertado un interés de alto perfil; el ministro de Industria y Comercio, Marco Riquelme, se reunió con ejecutivos de empresas como OpenAI, Nvidia, Crusoe y Lambda en Silicon Valley en marzo de 2026, y el Banco Interamericano de Desarrollo financia 130 millones de dólares en infraestructura digital, incluido un centro de datos gubernamental Tier III. Un país que aspira a albergar cargas de trabajo de IA pero carece de un marco normativo consolidado genera tanto oportunidades como incertidumbre: los primeros en actuar obtienen ventaja, pero el terreno legal puede cambiar cuando se apruebe el proyecto de ley de IA pendiente o futuras regulaciones. Los líderes deben planificar para un marco incompleto y en evolución, no estático.
Cómo funciona
Aún no existe una ley de IA dedicada
Paraguay no ha promulgado un estatuto general de IA. Un proyecto de ley regulatorio titulado "Que regula y promueve la creacion, desarrollo, innovacion e implementacion de Sistemas de Inteligencia Artificial" fue presentado en el Senado el 8 de mayo de 2025 por el presidente del Senado Basilio "Bachi" Nunez y siete copatrocinadores (expediente S-2502197). La Comision de Ciencias, Tecnologia, Innovacion y Futuro, presidida por el senador Patrick Kemper, celebró una audiencia pública el 26 de junio de 2025. A mediados de 2026, el proyecto no había recibido aprobación del Senado (media sanción) ni había avanzado a la Cámara de Diputados; permanecía en comisión. Existe un proyecto de ley de IA separado, de orientación promocional, en la Cámara de Diputados (expediente D-2584139). Ninguno se ha convertido en ley.
El borrador del proyecto senatorial sigue un diseño basado en riesgos similar al EU AI Act y al PL 2338/2023 de Brasil. Prohibiría usos de IA de riesgo excesivo (por ejemplo, manipulación subliminal, explotación de grupos vulnerables y puntuación social estatal), clasificaría los sistemas de alto riesgo y exigiría una evaluación de impacto algorítmico para ellos, otorgaría a las personas afectadas derechos a la información, explicación, impugnación y revisión humana, y contemplaría responsabilidad civil, códigos de buenas prácticas, notificación de incidentes graves y supervisión. Cabe destacar que el borrador hace referencia a una genérica "autoridad competente" en lugar de crear un regulador de IA independiente y dedicado, una laguna señalada en la audiencia.
La protección de datos es la verdadera columna vertebral
El instrumento clave es la Ley N.º 7593/2025 sobre Protección de Datos Personales, promulgada el 27 de noviembre de 2025. Es la primera ley integral y transversal de protección de datos de Paraguay, aplicable a organismos públicos y privados y al tratamiento automatizado y no automatizado. Se inspira en el Reglamento General de Protección de Datos de la UE y toma como referencia los modelos argentino y mexicano. Establece derechos de los interesados (acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad), principios (licitud, transparencia, minimización, limitación de la finalidad, seguridad y responsabilidad proactiva), normas sobre transferencias internacionales y un régimen sancionador. Crea un nuevo regulador, la Agencia Nacional de Proteccion de Datos Personales (ANPDP), adscrita a MITIC. La ley tiene un período de vacatio legis de 24 meses, por lo que la plena exigibilidad llega en noviembre de 2027.
Para la IA en particular, dos aspectos son relevantes. En primer lugar, la ley exige una evaluación de impacto sobre la protección de datos en casos de alto riesgo definidos, como sistemas biométricos y vigilancia a gran escala. En segundo lugar, el artículo 59 modifica el régimen anterior de datos crediticios para que la ANPDP asuma competencia exclusiva en materia de privacidad y derechos de los interesados, generando una división de tipo "Twin Peaks" en la que el Banco Central mantiene la supervisión prudencial de los burós de crédito mientras la ANPDP gobierna la privacidad.
La antigua ley de datos crediticios
Antes de 2025, el único estatuto específico sobre datos en Paraguay era la Ley N.º 6534/2020 sobre Protección de Datos Personales de Crédito, en vigor desde octubre de 2020. Su alcance es limitado: regula la información crediticia en poder de los burós de crédito, con el Banco Central del Paraguay (a través de la Superintendencia de Bancos) y la agencia de protección al consumidor SEDECO como autoridades de control. Establece un límite de retención de datos crediticios de cinco años y, en el artículo 15, prohíbe utilizar datos crediticios para decisiones de empleo o para denegar atención médica urgente. Es relevante para la puntuación crediticia basada en IA, pero no es una ley general de datos ni de IA.
Normas sectoriales de IA
Dos normas vinculantes aplican principios de IA en ámbitos específicos. La Corte Suprema de Justicia aprobó la Resolución N.º 12.677, una política institucional sobre el uso de sistemas de IA en el poder judicial, desarrollada con cooperación técnica de la oficina regional de UNESCO en Montevideo en el marco de un acuerdo de cooperación de diciembre de 2024. Trata la IA como una herramienta de apoyo que no puede sustituir la toma de decisiones judiciales humanas y exige la divulgación cuando la IA afecta a derechos. Por su parte, el regulador sanitario DINAVISA emitió la Resolución N.º 047/2026 en febrero de 2026, creando una Unidad de Trabajo Estratégico para orientar el uso ético y transparente de la IA en sus procesos regulatorios, con la toma de decisiones humana preservada; la unidad aún estaba en proceso de organización.
Gobernanza digital y estrategia
MITIC (Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación), creado por la Ley N.º 6207/2018, es la autoridad principal en materia de TIC y el coordinador de facto de la política de IA. Su instrumento principal es el Plan Nacional TIC 2022 a 2030 (PNTIC), aprobado por el Decreto N.º 8942/2023, una amplia visión de sociedad digital que abarca infraestructura, gobierno digital, el ecosistema TIC y ciberseguridad. No es una estrategia nacional de IA dedicada. Paraguay también cuenta con una Estrategia Nacional de Ciberseguridad 2024 a 2028.
Compromisos internacionales
Paraguay respaldó la Recomendación de UNESCO de 2021 sobre la Ética de la Inteligencia Artificial, que no es vinculante. Con MITIC y el consejo científico CONACYT, completó un ejercicio de Metodología de Evaluación de Preparación (RAM) de UNESCO, con el informe nacional presentado en noviembre de 2025. Las recomendaciones del RAM incluyeron promulgar una ley integral de protección de datos (ya realizada), adoptar una estrategia nacional de IA con múltiples actores y promover la inclusión digital en comunidades rurales e indígenas, incluida la lengua guaraní.
Ejemplos
Un banco en Asunción que utiliza un modelo de puntuación crediticia basado en IA: hoy debe cumplir la Ley N.º 6534/2020 sobre datos crediticios (supervisión del Banco Central y SEDECO, retención de cinco años, prohibición de uso para decisiones de empleo). A partir de noviembre de 2027, la Ley N.º 7593/2025 añade obligaciones generales de privacidad aplicadas por la ANPDP, incluidas la transparencia y los derechos de las personas sujetas a decisiones automatizadas, en el marco de la división "Twin Peaks" con el Banco Central.
Un tribunal que utiliza IA para gestionar información o redactar documentos: conforme a la Resolución N.º 12.677 de la Corte Suprema, la IA puede asistir pero no puede sustituir las decisiones humanas, y su uso debe divulgarse cuando afecte a derechos o garantías, siendo los jueces quienes conservan la responsabilidad.
Un proveedor de tecnología sanitaria que vende una herramienta de triaje o análisis basada en IA al regulador paraguayo: la Resolución N.º 047/2026 de DINAVISA canaliza dicho uso a través de su Unidad de Trabajo Estratégico, exigiendo un uso ético, transparente y trazable alineado con las normas de protección de datos, sin que el sistema adopte decisiones regulatorias de forma autónoma.
Malentendidos frecuentes
"Paraguay ha aprobado una ley de IA." No es así. A mediados de 2026 no existe ningún estatuto general de IA promulgado; un proyecto basado en riesgos está paralizado en el Senado y un proyecto de promoción separado se encuentra en la Cámara de Diputados.
"Paraguay no tiene protección de datos." Está desactualizado. Paraguay aprobó su primera ley integral de protección de datos (N.º 7593/2025) en noviembre de 2025, poniendo fin a años de dependencia de una ley estrecha sobre datos crediticios y disposiciones constitucionales.
"La nueva ley de protección de datos ya está en vigor." No completamente. Tiene un período de vacatio legis de 24 meses, por lo que sus obligaciones principales serán plenamente exigibles en noviembre de 2027.
"Las normas de IA de la Corte Suprema se aplican a todos." No. La Resolución N.º 12.677 es una política judicial interna; vincula a magistrados y personal de los tribunales, no a empresas privadas ni a otros organismos del Estado.
"El acuerdo de computación de IA con Taiwán es regulación de IA." No. El centro soberano de computación y la propuesta de entidad binacional digital Yguazú son política de infraestructura y económica, no un marco jurídico para el uso de la IA.
Riesgos y límites
Este artículo describe un marco emergente e incompleto. El límite principal es que Paraguay no cuenta con una ley de IA vinculante y transversal ni con un regulador de IA; el proyecto de ley senatorial de IA no había sido aprobado a mediados de 2026 y podría modificarse sustancialmente o quedar paralizado. El estado legislativo debe verificarse contra los registros oficiales del Congreso, ya que algunos rastreadores secundarios han confundido en ocasiones el proyecto paraguayo con proyectos de ley de IA de Bolivia y Chile.
La ley de protección de datos está promulgada pero aún no es plenamente exigible, y muchos detalles aguardan la reglamentación de desarrollo y la puesta en marcha efectiva de la ANPDP. Las normas sectoriales (poder judicial, regulador sanitario) son genuinamente vinculantes pero de alcance limitado, aplicándose únicamente dentro de esas instituciones. Los compromisos con UNESCO y el informe RAM son influyentes pero no vinculantes. Por último, las fechas exactas de promulgación y algunas cifras publicadas en prensa varían ligeramente según las fuentes; cuando la precisión sea importante, conviene consultar la Gaceta Oficial y la base de datos jurídica BACN.
Qué hacer a continuación
Tratar la protección de datos como el marco normativo operativo de la IA. Identificar dónde los sistemas de IA tratan datos personales y construir un programa de cumplimiento en torno a la Ley N.º 7593/2025 desde ahora, aprovechando el período de transición hasta noviembre de 2027 en lugar de esperar. Priorizar las evaluaciones de impacto sobre la protección de datos para los casos de uso biométrico y de vigilancia a gran escala, ya que la ley los hace obligatorios.
Para los sectores regulados, revisar las normas específicas de cada institución: crédito y finanzas (Ley N.º 6534/2020 más resoluciones del Banco Central), poder judicial (Resolución N.º 12.677) y salud (Resolución N.º 047/2026 de DINAVISA). Mantener la supervisión humana y la divulgación como criterio por defecto, ya que ese es el hilo conductor de todos los instrumentos paraguayos.
Hacer seguimiento del proyecto de ley de IA en el Senado y de cualquier reglamento de desarrollo de la ANPDP. Si avanza, cabe esperar niveles de riesgo al estilo europeo, usos prohibidos, obligaciones para sistemas de alto riesgo y un deber de evaluación de impacto. Construir una gobernanza que ya satisfaga un régimen basado en riesgos, de modo que una futura aprobación sea un ajuste y no una reconstrucción.
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Preguntas frecuentes
¿Tiene Paraguay una ley de IA dedicada?
No. A mediados de 2026 no existe ningún estatuto general de IA promulgado. Un proyecto de ley de IA basado en riesgos fue presentado en el Senado en mayo de 2025, pero permaneció en comisión sin aprobación.
¿Qué ley afecta más a la IA en Paraguay hoy?
La Ley N.º 7593/2025 sobre Protección de Datos Personales, promulgada el 27 de noviembre de 2025. Es la primera ley integral de protección de datos y será plenamente exigible en noviembre de 2027, regulando los datos personales que utilizan los sistemas de IA.
¿Existe un regulador de IA en Paraguay?
No hay un regulador de IA dedicado. El nuevo regulador de protección de datos, la Agencia Nacional de Proteccion de Datos Personales (ANPDP) adscrita a MITIC, supervisará la privacidad. MITIC coordina la política digital y de IA de forma más amplia.
¿Qué propone el proyecto de ley de IA pendiente?
Un modelo basado en riesgos similar al EU AI Act y al PL 2338/2023 de Brasil: usos de alto riesgo prohibidos, obligaciones y evaluaciones de impacto para sistemas de alto riesgo, derechos a la explicación e impugnación, responsabilidad civil y notificación de incidentes.
¿Cómo se compara Paraguay con Brasil y Chile?
Paraguay está por detrás de ambos. El Senado Federal de Brasil aprobó el PL 2338/2023 el 10 de diciembre de 2024 y lo remitió a la Cámara de Diputados el 17 de marzo de 2025, mientras que Chile tiene un avanzado proyecto de ley de IA basado en riesgos en el Congreso. Paraguay solo recientemente aprobó su primera ley de protección de datos y no tiene ninguna ley de IA promulgada.
¿Existen normas de IA vinculantes en algún ámbito de Paraguay?
Sí, pero solo en sectores específicos: la Resolución N.º 12.677 de la Corte Suprema para el poder judicial y la Resolución N.º 047/2026 de DINAVISA para la regulación sanitaria. Ambas mantienen a las personas en el control y exigen transparencia.
¿Ha asumido Paraguay compromisos internacionales en materia de IA?
Sí. Respaldó la Recomendación de UNESCO de 2021 sobre la Ética de la Inteligencia Artificial y completó una Evaluación de Preparación de UNESCO, pero se trata de compromisos de política no vinculantes y no de legislación exigible.
