¿Qué es la regulación de la IA en Montenegro?
Regulación de la IA: países y regiones
Montenegro no cuenta con una ley específica sobre IA. A mediados de 2026, la inteligencia artificial está regulada por normas generales: el derecho constitucional a la protección de datos, la Ley de Protección de Datos Personales, leyes sectoriales (seguridad de la información, comunicaciones electrónicas, derechos de autor, protección del consumidor y derecho penal) y los tribunales. Montenegro firmó el Convenio Marco del Council of Europe sobre Inteligencia Artificial en noviembre de 2024, pero no lo ha ratificado, y está elaborando su primera Estrategia Nacional de IA (2026-2030) mientras se prepara para alinearse con el acervo comunitario, incluido el EU AI Act, como país candidato a la adhesión.
Revisado por Jackie, Head of Learning & Development, Levellers - Última revisión: 8 de junio de 2026
Qué significa esto
La regulación de la IA en Montenegro se describe mejor como un modelo emergente basado en el marco jurídico general, en lugar de una ley específica. No existe ningún AI Act montenegrino ni ningún código vinculante específico para la IA. Lo que rige la IA hoy en día es el derecho ordinario que ya se aplica a cualquier tecnología: la Constitución, las normas de protección de datos, la regulación sectorial y el derecho general de contratos, responsabilidad civil y protección del consumidor. Cuando un sistema de IA trata datos personales, toma decisiones automatizadas o causa daños, son esas normas existentes las que se aplican.
Dos procesos avanzan en paralelo. En primer lugar, Montenegro está construyendo una infraestructura estratégica y de orientación: una evaluación de preparación con apoyo de la ONU presentada en mayo de 2025 y una Estrategia Nacional de IA para 2026-2030, coordinada por el Ministerio de Administración Pública. En segundo lugar, la política de Montenegro la vincula a un destino regulatorio concreto: es el candidato más avanzado para la adhesión a la UE, por lo que se espera que adopte el EU AI Act y el acervo digital relacionado en el momento de la adhesión o antes.
Por ahora, el resumen honesto es que Montenegro tiene compromisos y planes, pero escasa legislación específica sobre IA. Las organizaciones deben tratar la ley de protección de datos, la regulación sectorial y los compromisos internacionales como el marco operativo, y seguir de cerca la estrategia y el calendario de alineación con la UE para anticipar lo que viene.
Por qué importa
Las implicaciones prácticas tienen que ver con la incertidumbre y la dirección del cambio. Como Montenegro no tiene una ley de IA, no existe clasificación local de riesgos, ni evaluación de la conformidad de la IA, ni un regulador de IA al que consultar. Esto genera un vacío de cumplimiento: las preguntas sobre responsabilidad, toma de decisiones automatizada, datos de entrenamiento y protección del consumidor deben responderse desde un derecho general que no fue concebido pensando en la IA. Para quienes despliegan sistemas de IA, esto implica mayor criterio jurídico y mayor dependencia de contratos y gobernanza interna.
Al mismo tiempo, el destino es bastante predecible. El régimen de protección de datos de Montenegro está siendo atraído hacia el Reglamento General de Protección de Datos de la UE; el informe de preparación de 2025 señala que el marco actual se basa en la Ley de Protección de Datos Personales de 2008, que pronto será sustituida por una ley alineada con el GDPR, y la adhesión importará eventualmente el EU AI Act. Las organizaciones que construyan ahora conforme a los estándares de la UE (protección de datos desde el diseño, documentación, supervisión humana, transparencia) es poco probable que desperdicien esfuerzos, porque ese es el estándar al que Montenegro está convergiendo. El riesgo es principalmente para quienes asumen que la brecha actual implica ausencia de obligaciones: los deberes de protección de datos, las normas sectoriales y los compromisos en materia de derechos humanos ya son aplicables.
Cómo funciona
Sin ley específica de IA: el marco por defecto
Montenegro no ha aprobado ninguna ley, proyecto de ley ni código vinculante específico para la IA, y en el momento en que se publicaron los primeros trabajos nacionales de preparación no contaba con ninguna estrategia nacional de IA en vigor. La actividad relacionada con la IA se rige, por tanto, por principios jurídicos generales extraídos de las leyes existentes. La evaluación de preparación de 2025 sitúa a Montenegro en la fase "Sistemática" con una puntuación de 2,4 sobre 5 en cuanto al uso de la IA por parte del gobierno, señalando que el país carece de una estrategia nacional de IA o de sistemas de contratación específicos, y que el uso de la IA en el sector público se limita en su mayor parte al uso individual de herramientas como ChatGPT. Se trata de una laguna real y no de un diseño deliberado de intervención mínima: los comentarios jurídicos señalan que ámbitos como el derecho contractual, la responsabilidad civil, el laboral y la protección del consumidor no están adaptados a la IA, lo que genera incertidumbre para la inversión y el despliegue.
La base constitucional y de protección de datos
El punto de partida es constitucional. El artículo 43 de la Constitución garantiza la protección de los datos personales y prohíbe utilizarlos para fines distintos de aquellos para los que fueron recabados. Por debajo de la Constitución, la Ley de Protección de Datos Personales (Gaceta Oficial de Montenegro números 79/08, 70/09, 44/12, 22/17 y 77/24), modificada más recientemente en 2024, es el principal instrumento que afecta a la IA, dado que la mayoría de los sistemas de IA tratan datos personales. Establece principios de finalidad legítima, proporcionalidad y exactitud, exige la notificación de los ficheros de datos al regulador y reconoce derechos a los interesados. El regulador es la Agencia para la Protección de Datos Personales y el Libre Acceso a la Información (AZLP).
Existe una contradicción notable en las fuentes secundarias sobre la alineación con el GDPR. La mayoría de las guías (y los materiales de adhesión de la Comisión Europea) señalan que el régimen actual no está todavía plenamente alineado con el GDPR y que una nueva ley alineada con este reglamento sigue en preparación; el informe de preparación del PNUD describe el proyecto como sometido a consultas públicas y en revisión por la AZLP, con una ley alineada con el GDPR prevista para sustituir a la ley de 2008. Al menos una guía de un despacho de abogados afirma, en cambio, que una nueva ley entró en vigor en 2023. El peso de la evidencia, incluidos los informes de adhesión a la UE, respalda la opinión de que la plena alineación con el GDPR sigue pendiente. Esto es relevante para la IA porque las normas de estilo GDPR sobre toma de decisiones automatizada, elaboración de perfiles y evaluaciones de impacto sobre la protección de datos son las restricciones más probables a corto plazo para la IA.
Legislación sectorial aplicable a la IA
Varias leyes sectoriales se aplican al uso de la IA aunque ninguna la mencione expresamente. La Ley de Seguridad de la Información (Gaceta Oficial 113/2024) establece obligaciones de ciberseguridad y creó una agencia nacional de ciberseguridad. La Ley de Comunicaciones Electrónicas regula el marketing directo, la retención de datos y la notificación de brechas por parte de los proveedores de comunicaciones. La Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos es relevante para la IA generativa: los comentarios señalan que carece de una excepción comercial para la minería de textos y datos, y que las obras generadas exclusivamente por IA se consideran no susceptibles de protección por derechos de autor, ya que las obras protegidas deben originarse en una persona física. El Código Penal tipifica la recopilación y el uso no autorizados de datos personales. La legislación sobre innovación y un Fondo de Innovación apoyan proyectos de IA, pero no regulan el riesgo asociado a esta tecnología.
Instituciones responsables
No existe un regulador único de IA. El Ministerio de Administración Pública es el organismo rector de política: presentó la evaluación de preparación de 2025 y coordina el grupo de trabajo de la Estrategia Nacional de IA. La AZLP es el regulador operativo para la dimensión de protección de datos de la IA. Los organismos sectoriales (el regulador de comunicaciones, la agencia de ciberseguridad, el regulador de medios audiovisuales) cubren sus respectivos ámbitos. El poder judicial y un centro nacional de competencia en computación de alto rendimiento también participan en proyectos específicos de IA.
La Estrategia Nacional de IA 2026-2030
La estrategia está en elaboración y aún no ha sido adoptada. Su base fue la Evaluación del Panorama de la Inteligencia Artificial (AILA), un informe de preparación desarrollado con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y financiado por la Unión Europea, presentado en Podgorica el 13 de mayo de 2025 conjuntamente por el Ministerio de Administración Pública y el PNUD. El informe registra fortalezas digitales fundamentales, entre ellas aproximadamente el 80 por ciento de los hogares conectados a internet, una penetración de la telefonía móvil que alcanza casi el 80 por ciento de la población y una edad media de la población de 39,6 años. Un grupo de trabajo coordinado por el Ministerio de Administración Pública celebró su sesión constitutiva en octubre de 2025, con sesiones posteriores y un taller a principios de 2026. Los pilares emergentes incluyen infraestructura digital y datos, adopción sectorial de la IA, competencias, y marcos regulatorios y éticos, con la intención explícita de alinearse con los estándares europeos e internacionales.
Compromisos regionales e internacionales
Montenegro es miembro del Council of Europe. Firmó el Convenio Marco del Council of Europe sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho (CETS n.º 225) el 5 de noviembre de 2024 en Estrasburgo, firmado por el Viceprimer Ministro y Ministro de Asuntos Exteriores Ervin Ibrahimovic, convirtiéndose en el undécimo signatario del tratado; sin embargo, no lo ha ratificado, por lo que el Convenio no vincula todavía a Montenegro en el derecho interno. En materia de protección de datos, Montenegro es Parte del Convenio 108 original y su Protocolo Adicional (en vigor para Montenegro desde el 1 de julio de 2010), pero no ha firmado el modernizado Convenio 108+ (CETS n.º 223). Como miembro de la UNESCO, Montenegro está dentro del ámbito de aplicación de la Recomendación de la UNESCO de 2021 sobre la Ética de la Inteligencia Artificial, una norma no vinculante adoptada por todos los estados miembros. Montenegro no es miembro de la OECD y no se encuentra entre los adherentes a los Principios de la OECD sobre IA.
La adhesión a la UE como ancla regulatoria
Montenegro es el candidato a la adhesión a la UE más avanzado; ha anunciado su intención de concluir las negociaciones antes de finales de 2026, un objetivo que la Comisión Europea respalda, y 14 de los 33 capítulos habían sido cerrados provisionalmente en marzo de 2026. El capítulo 10 (Sociedad de la Información y Medios de Comunicación) se cerró provisionalmente en diciembre de 2024. En el momento de la adhesión, Montenegro estará obligado a alinear su legislación con el acervo comunitario, incluido el EU AI Act. Este es el factor más importante que determina la trayectoria regulatoria de Montenegro en materia de IA: el modelo de derecho vinculante que se adoptará previsiblemente será una transposición del régimen basado en riesgos de la UE, y no un diseño propio.
Ejemplos
Una empresa que despliega una herramienta de IA para selección de personal o puntuación en Montenegro no tiene ningún AI Act local que seguir, por lo que sus obligaciones vinculantes provienen de la Ley de Protección de Datos Personales y la Constitución: base jurídica, limitación de la finalidad, derechos de los interesados y el papel supervisor de la AZLP. Los operadores prudentes construyen conforme a las expectativas del GDPR en materia de toma de decisiones automatizada, porque esa es la dirección de la alineación.
El sector de la justicia montenegrino ha comenzado a desarrollar capacidades de IA con gobernanza. En 2026, se informó de que la infraestructura del centro de datos del Consejo Judicial permitiría a las instituciones judiciales entrenar y operar modelos de IA adaptados al marco jurídico nacional, descritos como desarrollados conforme a la legislación nacional, los reglamentos de la UE y las mejores prácticas internacionales, y con el apoyo de socios internacionales. Esto muestra que la adopción de la IA avanza bajo una gobernanza general y principios alineados con la UE, en lugar de una ley específica de IA.
Un organismo del sector público que adopta IA se apoya en la evaluación de preparación y en la próxima Estrategia Nacional de IA para orientarse. El informe de preparación de 2025 identificó sectores prioritarios (como el turismo, la energía y la protección medioambiental) y recomendó un marco regulatorio claro, salvaguardas éticas y mecanismos de protección de datos, que es el andamiaje de política pública que se espera que los organismos utilicen hasta que lleguen las normas vinculantes.
Malentendidos frecuentes
"Montenegro tiene una ley de IA." No es así. A mediados de 2026 no existe ninguna ley ni código vinculante específico para la IA; la IA se rige por el derecho general y las normas sectoriales.
"Firmar el Convenio de IA del Council of Europe significa que está en vigor en Montenegro." La firma no equivale a la ratificación. Montenegro firmó el CETS n.º 225 en noviembre de 2024, pero no lo ha ratificado, por lo que todavía no crea obligaciones internas.
"Montenegro ya aplica el EU AI Act." Todavía no. Como país candidato, Montenegro espera alinearse con el AI Act en el momento de la adhesión a la UE o antes, pero el Reglamento no es actualmente aplicable.
"Su ley de protección de datos es simplemente el GDPR." El régimen se basa en los estándares de la UE y está convergiendo hacia el GDPR, pero la mayoría de las fuentes indican que aún no está plenamente alineado con este reglamento y que una nueva ley sigue pendiente.
"Existe un regulador específico de IA." No existe. El Ministerio de Administración Pública lidera la política y la AZLP supervisa la protección de datos; la supervisión de la IA está distribuida entre los organismos existentes.
Riesgos y límites
Esta página describe una jurisdicción con escasa legislación específica sobre IA, y ese es el límite central: no existe una taxonomía de riesgos montenegrina, ni un régimen de evaluación de la conformidad, ni un historial de aplicación en materia de IA al que hacer referencia. Las afirmaciones de que Montenegro "regula la IA" deben interpretarse en sentido estricto como la aplicación del derecho general al uso de la IA.
Varios aspectos están pendientes o son inciertos y podrían cambiar. La Estrategia Nacional de IA 2026-2030 está en elaboración y no ha sido adoptada. La ratificación del Convenio de IA del Council of Europe no se ha producido. El Convenio 108+ no ha sido firmado. La plena alineación con el GDPR de la ley de protección de datos sigue siendo una expectativa y no una realidad, y las fuentes discrepan sobre su estado actual, lo que se señala aquí con transparencia. El calendario de adhesión a la UE es una variable política que determinará cuándo el EU AI Act pase a ser vinculante.
Este artículo es una explicación de carácter general y no constituye asesoramiento jurídico. No evalúa ningún sistema de IA concreto frente a la legislación montenegrina, y las organizaciones con exposición real deben obtener asesoramiento local, especialmente en materia de protección de datos y condiciones de licencia sectoriales.
Qué hacer a continuación
Trate la ley de protección de datos como su principal ancla de cumplimiento hoy. Identifique dónde sus sistemas de IA tratan datos personales, determine una base jurídica, respete los derechos de los interesados y contacte con la AZLP cuando sea necesario notificar o solicitar orientación. Construya conforme a las expectativas del GDPR, porque ese es el estándar al que Montenegro está convergiendo.
Adáptese al EU AI Act desde ahora si puede. Dado que la adhesión importará el régimen de la UE, diseñar pensando en la clasificación de riesgos, la documentación, la supervisión humana y la transparencia es compatible con el futuro y reduce el trabajo de adaptación posterior. Utilice los estándares reconocidos y la lógica basada en riesgos de la UE como referencia interna.
Esté atento a tres desencadenantes. Primero, la adopción de la Estrategia Nacional de IA 2026-2030 y cualquier marco regulatorio que proponga. Segundo, la posible ratificación del Convenio de IA del Council of Europe, que crearía obligaciones vinculantes en materia de derechos humanos. Tercero, el calendario de adhesión a la UE y el momento en que el AI Act pase a ser aplicable. Cada uno de estos hitos cambiaría el panorama de cumplimiento y debería motivar una revisión de su postura de gobernanza.
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Preguntas frecuentes
¿Tiene Montenegro una ley de IA?
No. A mediados de 2026 no existe ninguna ley ni código vinculante específico para la IA. La IA se rige por la Constitución, la Ley de Protección de Datos Personales, leyes sectoriales y el derecho civil general, de protección del consumidor y penal.
¿Qué regula la IA en ausencia de una ley específica?
Principalmente el derecho constitucional a la protección de datos (artículo 43), la Ley de Protección de Datos Personales aplicada por la AZLP, más las normas sectoriales sobre seguridad de la información, comunicaciones electrónicas, derechos de autor y el Código Penal, aplicados caso por caso.
¿Firmó Montenegro el Convenio de IA del Council of Europe?
Sí. Montenegro firmó el Convenio Marco sobre Inteligencia Artificial (CETS n.º 225) el 5 de noviembre de 2024 como undécimo signatario, pero no lo ha ratificado, por lo que todavía no vincula a Montenegro en el ámbito interno.
¿Está Montenegro vinculado por el Convenio 108+?
No. Montenegro es Parte del Convenio 108 original y su Protocolo Adicional, pero no ha firmado el modernizado Convenio 108+.
¿Se aplicará el EU AI Act en Montenegro?
Todavía no. Como candidato destacado a la adhesión a la UE, se espera que Montenegro se alinee con el acervo comunitario, incluido el AI Act, en el momento de la adhesión o antes, pero el Reglamento no es actualmente aplicable.
¿Quién es responsable de la política y la supervisión de la IA?
El Ministerio de Administración Pública lidera la política de IA y la Estrategia Nacional de IA; la AZLP supervisa la protección de datos; los reguladores sectoriales cubren las comunicaciones, la ciberseguridad y los medios de comunicación.
¿Existe una estrategia nacional de IA?
Una estrategia nacional de IA para 2026-2030 está siendo elaborada por un grupo de trabajo coordinado por el Ministerio de Administración Pública, sobre la base de la evaluación de preparación AILA presentada en mayo de 2025, pero aún no ha sido adoptada.
¿Ha respaldado Montenegro los estándares internacionales de ética en IA?
Como miembro de la UNESCO, está dentro del ámbito de aplicación de la Recomendación de la UNESCO de 2021 sobre la Ética de la IA, una norma no vinculante. No es miembro de la OECD y no es adherente a los Principios de la OECD sobre IA.
