Horizonte de Mónaco que representa el enfoque del principado hacia la regulación de la IA y la gobernanza de la protección de datos
Horizonte de Mónaco que representa el enfoque del principado hacia la regulación de la IA y la gobernanza de la protección de datos

¿Qué es la regulación de la IA en Mónaco?

Regulación de la IA: países y regiones

Mónaco no cuenta con una ley específica sobre inteligencia artificial. La IA se rige por la legislación vigente, principalmente la Ley n.º 1.565 de 3 de diciembre de 2024 sobre protección de datos personales, aplicada por la Autorité de Protection des Données Personnelles (APDP), junto con normas sectoriales y los compromisos de Mónaco con el Council of Europe. Mónaco ratificó el Convenio 108+ el 6 de marzo de 2025, pero, a junio de 2026, no ha firmado el Convenio Marco del Council of Europe sobre IA.

Revisado por Jackie, Head of Learning & Development, Levellers - Última revisión: 8 de junio de 2026

Qué significa esto

Mónaco es un microestado soberano y miembro del Council of Europe, pero no de la Unión Europea. No dispone de una ley autónoma que regule la inteligencia artificial como tal. No existe un equivalente monegasco del EU AI Act, ni niveles de riesgo, evaluaciones de conformidad ni regulador específico para la IA.

En su lugar, la IA se rige por las leyes que ya se aplican a lo que hace el sistema de IA en cuestión. La más importante es la ley de protección de datos: la Ley n.º 1.565 de 3 de diciembre de 2024, que sustituyó a la anterior Ley n.º 1.165 de 1993. Cuando un sistema de IA trata datos personales, debe cumplir dicha ley y someterse a la autoridad de supervisión, la APDP, que reemplazó a la antigua CCIN. Otras normas, como la supervisión del sector financiero, la protección del consumidor, la responsabilidad civil y el derecho penal, se aplican a la IA del mismo modo que a cualquier otra herramienta.

El enfoque de Mónaco se describe mejor, por tanto, como una gobernanza a través de la legislación horizontal y sectorial existente más los compromisos regionales, en lugar de un régimen específico para la IA. Su reforma en materia de protección de datos está explícitamente alineada con los estándares europeos, y su postura general está condicionada por su pertenencia al Council of Europe y sus estrechos vínculos prácticos con Francia y la UE.

Por qué es importante

Para un operador, asesor o comprador, la cuestión práctica es que la ausencia de una ley específica sobre IA en Mónaco no implica ausencia de obligaciones legales. Cualquier sistema de IA que trate datos personales queda plenamente dentro del ámbito de la Ley n.º 1.565, que contempla multas administrativas de hasta 10 millones de euros o el 4 por ciento del volumen de negocio anual mundial total, la cifra que sea mayor, para las infracciones más graves en virtud del artículo 54 (con infracciones menores bajo el artículo 53 que pueden alcanzar hasta 5 millones de euros o el 2 por ciento), respaldada por un historial de aplicación significativo bajo su predecesora. Dado que Mónaco es una economía pequeña e internacionalmente expuesta, articulada en torno a la banca privada, la gestión de patrimonios y el turismo, la mayoría de los despliegues de IA aquí implicarán datos personales o financieros y, por tanto, estarán dentro del ámbito de aplicación.

Existe también una dimensión transfronteriza que importa más en Mónaco que en casi cualquier otro lugar. Mónaco forma parte del territorio aduanero y del IVA de la UE a través de Francia, utiliza el euro y se encuentra de facto dentro del espacio Schengen. Muchas empresas monegascas atienden a residentes de la UE, lo que puede someterlas al GDPR de la UE y, cuando colocan sistemas de IA en el mercado de la UE o sus resultados se utilizan en la UE, potencialmente al EU AI Act, independientemente del marco normativo más discreto de Mónaco. Entender qué rige la IA en Mónaco implica, por tanto, tanto los instrumentos europeos que alcanzan al principado como la propia legislación monegasca.

Cómo funciona

Sin ley específica sobre IA

A junio de 2026, Mónaco no ha promulgado ni publicado un proyecto de ley horizontal sobre IA. No existe una clasificación monegasca de IA basada en riesgos, ni un régimen de evaluación de la conformidad para la IA, ni un regulador específico para la IA. Conviene afirmarlo con claridad: la IA en Mónaco está regulada por la legislación general, no por un código especial de IA. Los comentarios que describen un "marco de IA basado en riesgos" monegasco sobreestiman la situación; lo que existe es una moderna ley de protección de datos que resulta especialmente exigente para la IA basada en datos.

El instrumento central: la ley de protección de datos

El instrumento central es la Ley n.º 1.565 de 3 de diciembre de 2024 sobre protección de datos personales, adoptada por el Consejo Nacional el 28 de noviembre de 2024, publicada en el Journal de Monaco el 13 de diciembre de 2024 y en vigor desde el 14 de diciembre de 2024. Sustituyó a la Ley n.º 1.165 de 23 de diciembre de 1993. La reforma está conscientemente inspirada en los estándares europeos: el Convenio 108+ del Council of Europe, el GDPR de la UE y la Directiva sobre aplicación de la ley penal. Su objetivo declarado es obtener una decisión de adecuación de la UE para que los datos personales puedan fluir desde la UE a Mónaco sin salvaguardias adicionales, un proceso que había estado suspendido desde 2012.

En lo que respecta específicamente a la IA, varios aspectos de la Ley n.º 1.565 realizan la función regulatoria: un requisito de licitud, equidad y transparencia; evaluaciones de impacto sobre la protección de datos para el tratamiento de alto riesgo; obligaciones en materia de seguridad y notificación de brechas (el mecanismo de notificación de brechas se recoge en el artículo 32); obligaciones de llevanza de registros para las organizaciones de mayor tamaño; y un alejamiento del antiguo sistema de declaraciones previas hacia la responsabilidad proactiva, manteniendo al mismo tiempo la opinión o autorización previa de la APDP para los tratamientos más sensibles, como la identificación biométrica y determinadas videovigilancias. La ley tiene tanto alcance territorial como extraterritorial: cubre a los responsables y encargados del tratamiento establecidos en Mónaco, así como a los establecidos en otros lugares que traten datos de personas en Mónaco en relación con la oferta de bienes o servicios o la monitorización de comportamientos. Los períodos transitorios suavizan la transición: el tratamiento ordinario ya en curso antes de la entrada en vigor dispone de un año para cumplir, y el tratamiento de alto riesgo que requiere una evaluación de impacto tiene un plazo de tres años.

La institución responsable: la APDP

La autoridad de supervisión es la Autorité de Protection des Données Personnelles (APDP), que sucedió a la Commission de Contrôle des Informations Nominatives (CCIN) en 2025. La APDP asesora a responsables, encargados del tratamiento y particulares, gestiona reclamaciones y notificaciones de brechas, y aplica la Ley n.º 1.565. Sus competencias son materialmente más amplias que las de la CCIN: puede ordenar que el tratamiento se ajuste a la normativa, imponer límites temporales o permanentes al tratamiento, retirar certificaciones, suspender flujos transfronterizos de datos e imponer multas administrativas de hasta 10 millones de euros o el 4 por ciento del volumen de negocio anual mundial para las infracciones más graves. La CCIN ya había demostrado voluntad de actuar, incluida una sanción pública al Ministro de Estado por el tratamiento de datos sanitarios durante la pandemia.

Compromisos regionales e internacionales

Mónaco se incorporó al Council of Europe en 2004 como 46.º Estado miembro y, en 2026, ostenta la presidencia del Comité de Ministros. En materia de datos, ratificó el protocolo de enmienda del Convenio 108+ (CETS n.º 223) el 6 de marzo de 2025, convirtiéndose en la 33.ª Parte en hacerlo; el Council of Europe señala que el Convenio 108+ entrará en vigor cuando alcance 38 ratificaciones, por lo que en ese momento aún se necesitaban cinco ratificaciones más. El Convenio 108+ refuerza directamente las protecciones en torno al tratamiento automatizado, incluida la toma de decisiones automatizada relevante para la IA.

En lo que respecta específicamente a la IA, la situación es más limitada. El Convenio Marco del Council of Europe sobre Inteligencia Artificial y Derechos Humanos, Democracia y Estado de Derecho (CETS n.º 225) se abrió a la firma el 5 de septiembre de 2024 y entró en vigor el 1 de noviembre de 2025, tras superar el umbral de cinco ratificaciones, incluidas al menos tres de Estados miembros del Council of Europe (entre los primeros ratificantes figuran el Reino Unido, Francia y Noruega). A junio de 2026, Mónaco no lo ha firmado ni ratificado. Los signatarios del primer día, el 5 de septiembre de 2024, fueron Andorra, Georgia, Islandia, Noruega, la República de Moldavia, San Marino, el Reino Unido, Israel, los Estados Unidos de América y la Unión Europea; entre ellos se encontraban los microestados comparables Andorra y San Marino, mientras que Mónaco no estaba. Esta es una laguna notable para un miembro del Council of Europe que preside el Comité de Ministros, y es el indicador más claro de que Mónaco no se ha comprometido aún con un instrumento jurídico específico para la IA.

La dimensión europea y la extraterritorialidad

Mónaco no pertenece a la UE y el GDPR y el EU AI Act no se aplican automáticamente. Sin embargo, Mónaco forma parte del territorio aduanero y del IVA de la UE a través de su unión aduanera con Francia, utiliza el euro en virtud de un acuerdo monetario y se administra como parte del espacio Schengen. Debido al alcance extraterritorial del GDPR, un responsable o encargado del tratamiento monegasco que se dirija a residentes de la UE puede estar directamente sujeto al GDPR además de a la Ley n.º 1.565. La misma lógica extraterritorial puede, en principio, someter a los proveedores y usuarios de IA con sede en Mónaco al EU AI Act cuando sus sistemas se coloquen en el mercado de la UE o sus resultados se utilicen en la UE.

Estrategia y gobernanza blanda: Extended Monaco

La actividad visible de Mónaco en materia de IA se centra en la política y el desarrollo de capacidades, más que en la regulación vinculante. El programa Extended Monaco, lanzado el 30 de abril de 2019 por el Príncipe Alberto II y gestionado a través de la Delegación Interministerial para la Transición Digital, concibe la IA como motor de innovación y la sustenta con infraestructura de nube soberana y datos seguros. Para 2026, el eje empresarial convirtió la IA en su foco principal a través de formatos de formación como Digital FlashUp y FlashLearn AI. La propia APDP ha desplegado un asistente virtual de IA, alojado en Francia y diseñado para no recopilar datos personales. Se trata de medidas de derecho indicativo y de capacitación, no de normas legales sobre IA.

Ejemplos

Un banco privado monegasco que despliega una herramienta de IA para la verificación KYC, la monitorización de transacciones o la elaboración de perfiles de clientes no opera en un vacío legal. El tratamiento queda sujeto a la Ley n.º 1.565, lo que muy probablemente activa una evaluación de impacto sobre la protección de datos para la elaboración de perfiles de alto riesgo, y el banco sigue sometido a la supervisión financiera monegasca y a las expectativas del grupo de trabajo sectorial AMAF sobre validación de modelos y supervisión humana. Cuando atiende a clientes residentes en la UE, las obligaciones del GDPR pueden aplicarse en paralelo.

Una empresa de comercio electrónico o marketing en Mónaco que utilice chatbots de IA, generación de contenidos o análisis sobre datos de clientes debe cumplir la Ley n.º 1.565 en materia de base jurídica, transparencia y seguridad, y actualizar su documentación de privacidad para hacer referencia a la APDP en lugar de a la extinta CCIN. Si se dirige a clientes en Francia o Italia, el GDPR de la UE puede aplicarse además de la legislación monegasca.

Un organismo público o proveedor sanitario en Mónaco que utilice tratamiento automatizado, por ejemplo controles de identidad biométricos o videovigilancia, debe solicitar la opinión o autorización previa de la APDP antes del despliegue, lo que refleja el control preventivo que la ley mantiene sobre las categorías de tratamiento más sensibles.

Malentendidos frecuentes

"Mónaco tiene una ley de IA." No es así. No existe ninguna ley ni proyecto de ley específico sobre IA. La IA se rige por la legislación general y sectorial, principalmente la protección de datos.

"Mónaco sigue el EU AI Act." Mónaco no es miembro de la UE y no ha transpuesto el AI Act. El Acto solo puede alcanzar a las empresas monegascas a través de su alcance extraterritorial, no por adopción interna.

"El GDPR se aplica en Mónaco." No directamente. Mónaco tiene su propia ley, la Ley n.º 1.565. El GDPR solo se aplica cuando se cumplen sus criterios de extraterritorialidad, por ejemplo cuando se dirige a residentes de la UE.

"El regulador sigue siendo la CCIN." La CCIN fue sustituida por la APDP en 2025. La documentación que identifica a la CCIN como autoridad de supervisión está desactualizada.

"Mónaco ha firmado el tratado de IA del Council of Europe." A junio de 2026, no ha firmado ni ratificado el CETS n.º 225, aunque ratificó el Convenio 108+ de protección de datos relacionado el 6 de marzo de 2025.

Riesgos y límites

El límite principal es conceptual: Mónaco regula la IA de forma indirecta. Si un caso de uso de IA no implica datos personales y queda fuera de cualquier norma sectorial, puede no existir ningún instrumento monegasco específico que lo aborde más allá del derecho civil y penal general. A la inversa, interpretar la ausencia de una ley de IA como un entorno de regulación ligera es un error, porque la Ley n.º 1.565 es exigente y las competencias de la APDP son significativas.

Varios aspectos son genuinamente inciertos o están pendientes y no deben sobreestimarse. La búsqueda de Mónaco de una decisión de adecuación de la UE estaba en curso a 2025 y no había sido concedida en el momento de redactar este texto. El límite máximo de las multas está escalonado a semejanza del GDPR: hasta 10 millones de euros o el 4 por ciento del volumen de negocio anual mundial para las infracciones más graves (artículo 54) y hasta 5 millones de euros o el 2 por ciento para las infracciones menores (artículo 53), aplicándose la cifra mayor. Los períodos transitorios de la Ley n.º 1.565 (un año para el tratamiento existente y hasta tres años para las evaluaciones de impacto, contados desde la entrada en vigor el 14 de diciembre de 2024) significan que los plazos de cumplimiento seguían cerrándose a lo largo de 2025 y 2026. Y la postura final de Mónaco respecto al Convenio Marco del Council of Europe sobre IA sigue abierta. Cuando estas cuestiones no estén resueltas, conviene verificar el estado actual con la APDP y las fuentes oficiales antes de basarse en ellas.

Qué hacer a continuación

Tratar la ley de protección de datos como el principal ancla de cumplimiento en materia de IA en Mónaco. Mapear cada sistema de IA frente a la Ley n.º 1.565: identificar la base jurídica, realizar una evaluación de impacto sobre la protección de datos cuando el tratamiento sea de alto riesgo, y confirmar si se requiere opinión o autorización previa de la APDP (por ejemplo, para identificación biométrica o videovigilancia).

Actualizar los documentos de gobernanza. Sustituir las referencias a la CCIN por la APDP, renovar los avisos de privacidad y los registros de actividades de tratamiento, y confirmar si es necesario designar un delegado de protección de datos.

Evaluar deliberadamente la exposición europea. Si se dirige a personas en la UE o las monitoriza, conviene asumir que el GDPR puede aplicarse junto con la legislación monegasca, y considerar si el EU AI Act podría alcanzar los sistemas a través de su uso o colocación en el mercado de la UE.

Seguir los elementos en evolución. Conviene estar atento a la decisión de adecuación de la UE, los plazos transitorios de la Ley n.º 1.565, y cualquier movimiento de Mónaco para firmar el Convenio Marco del Council of Europe sobre IA o publicar orientaciones específicas sobre IA. Una firma del CETS n.º 225, o un proyecto de ley específico sobre IA, serían las señales más claras de que la arquitectura está cambiando.

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Preguntas frecuentes

¿Tiene Mónaco una ley que regule específicamente la inteligencia artificial?

No. A junio de 2026 no existe ninguna ley ni proyecto de ley específico sobre IA en Mónaco. La IA se rige por la legislación general y sectorial, principalmente la ley de protección de datos.

¿Qué ley rige la IA en Mónaco en la práctica?

Principalmente la Ley n.º 1.565 de 3 de diciembre de 2024 sobre protección de datos personales, aplicada por la APDP, complementada por la supervisión del sector financiero, la responsabilidad civil y el derecho penal cuando proceda.

¿Quién es el regulador?

La Autorité de Protection des Données Personnelles (APDP), que sustituyó a la Commission de Contrôle des Informations Nominatives (CCIN) en 2025 con competencias reforzadas y multas de hasta 10 millones de euros o el 4 por ciento del volumen de negocio mundial para las infracciones más graves.

¿Está Mónaco vinculado por el EU AI Act?

No directamente. Mónaco no es miembro de la UE y no ha transpuesto el AI Act. El Acto solo puede alcanzar a las empresas monegascas a través de su alcance extraterritorial.

¿Ha firmado Mónaco el Convenio Marco del Council of Europe sobre IA?

No. A junio de 2026, Mónaco no ha firmado ni ratificado el CETS n.º 225, aunque ratificó el Convenio 108+ de protección de datos relacionado el 6 de marzo de 2025.

¿Se aplica el GDPR a las empresas monegascas?

Solo cuando se cumplen sus criterios de extraterritorialidad, como ofrecer bienes o servicios a personas en la UE o monitorizar su comportamiento. En caso contrario, se aplica la Ley n.º 1.565.

¿Qué es Extended Monaco?

Un programa digital nacional lanzado en 2019 que promueve la transformación digital y, en 2026, las competencias y la adopción de la IA. Es una iniciativa estratégica y de capacitación, no una ley vinculante sobre IA.

Fuentes