¿Qué es la regulación de la IA en Benín?
Regulación de la IA: países y regiones
Benín no cuenta con una ley, proyecto de ley ni estatuto dedicado a la inteligencia artificial, ni con un regulador específico para la IA. La IA se rige de forma indirecta a través de las normas de protección de datos del Libro V del Código Digital (Loi No. 2017-20, promulgada el 20 de abril de 2018, modificada por la Loi No. 2020-35), cuya aplicación corresponde a la Autorite de Protection des Donnees a Caractere Personnel (APDP). La ambición política se recoge en la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial y Big Data 2023-2027, que es una estrategia, no una ley vinculante.
Revisado por Jackie, Head of Learning & Development, Levellers - Última revisión: 8 de junio de 2026
Qué significa esto
Benín regula la IA del mismo modo que la mayoría de las jurisdicciones africanas y muchas europeas lo hacían antes de que aparecieran leyes específicas sobre IA: mediante la legislación de protección de datos y una estrategia nacional. El instrumento vinculante es el Código Digital (Code du numerique), una ley amplia y única que consolida las comunicaciones electrónicas, el comercio electrónico, los servicios de confianza, la ciberdelincuencia y, en el Libro V, la protección de datos personales. El Libro V está estrechamente inspirado en el Reglamento General de Protección de Datos de la UE, por lo que sus conceptos de elaboración de perfiles, toma de decisiones automatizada y evaluación de impacto resultarán familiares a quienes hayan trabajado con el GDPR.
El órgano de supervisión es la APDP, una autoridad administrativa independiente que autoriza el tratamiento de datos, gestiona reclamaciones, lleva a cabo investigaciones e impone sanciones. Es la institución con más probabilidades de examinar un sistema de IA en Benín hoy en día, dado que la mayoría de los sistemas de IA tratan datos personales.
Por otro lado, Benín ha plasmado su ambición en materia de IA en la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial y Big Data 2023-2027 (Strategie Nationale d'Intelligence Artificielle et des Megadonnees, SNIAM), liderada por el Ministere du Numerique et de la Digitalisation. Se trata de un plan de desarrollo e inversión, no de un reglamento. El enfoque de Benín en materia de gobernanza de la IA consiste en actualizar y aplicar las instituciones digitales y de protección de datos existentes, en lugar de redactar un nuevo AI Act.
Por qué es importante
Para quienes despliegan IA en Benín, el marco de cumplimiento es la legislación de protección de datos, no una ley de IA. Si el sistema trata datos personales de personas en Benín, se aplica el Libro V del Código Digital, incluido su alcance territorial sobre los responsables y encargados del tratamiento fuera de Benín que ofrezcan bienes o servicios a personas en el país o que controlen su comportamiento. Esto significa que la base jurídica, la transparencia, los derechos de los interesados, las restricciones sobre las decisiones automatizadas, las evaluaciones de impacto obligatorias para el tratamiento de alto riesgo y la supervisión de la APDP son exigibles en los proyectos de IA, aunque las palabras inteligencia artificial no aparezcan en ningún lugar del texto vinculante. Incumplir estas obligaciones expone a las organizaciones a medidas de la APDP y a riesgos reputacionales y contractuales.
Cómo funciona
El instrumento vinculante: el Código Digital
El Código Digital es la Loi No. 2017-20, aprobada por la Asamblea Nacional el 13 de junio de 2017 y promulgada el 20 de abril de 2018, posteriormente modificada por la Loi No. 2020-35 de 6 de enero de 2021. La modificación de 2020 fue de alcance limitado: redujo el número de miembros de los organismos reguladores y ajustó las denominaciones ministeriales, dejando intacto el contenido en materia de protección de datos. El Libro V (Livre cinquieme) es el núcleo de la protección de datos. Sustituyó a la anterior ley autónoma de protección de datos, la Loi No. 2009-09 de 22 de mayo de 2009, que había creado el regulador original bajo el nombre de Commission Nationale de l'Informatique et des Libertes (CNIL). Cabe señalar que no existe ninguna ley ni proyecto de ley específico sobre IA en Benín; el Código Digital es el texto operativo.
El regulador: la APDP
La Autorite de Protection des Donnees a Caractere Personnel es una autoridad administrativa independiente con personalidad jurídica y autonomía de gestión que no recibe instrucciones de ninguna autoridad administrativa ni política. Sus competencias incluyen recibir y resolver declaraciones de tratamiento y solicitudes de autorización, investigar de oficio o a instancia de parte, requerir a expertos jurados, solicitar a los tribunales la adscripción de un magistrado para inspecciones, y pronunciar sanciones administrativas y económicas sobre los responsables del tratamiento. Los miembros son nombrados por decreto en el Consejo de Ministros por períodos de cinco años renovables una vez y prestan juramento ante el Tribunal Supremo. La modificación de 2020 redujo el número de miembros de once a ocho.
Decisiones automatizadas y elaboración de perfiles
El Código Digital aborda directamente el tratamiento automatizado. Define la elaboración de perfiles en términos esencialmente idénticos al artículo 4(4) del GDPR: cualquier forma de tratamiento automatizado utilizado para evaluar aspectos personales de una persona, como su rendimiento laboral, situación económica, salud, preferencias, fiabilidad, comportamiento o ubicación. El artículo 401 regula la toma de decisiones individuales automatizadas, el equivalente beninés del artículo 22 del GDPR. La disposición sobre el derecho de acceso, el artículo 437, obliga a los responsables del tratamiento a informar a las personas sobre la existencia de la toma de decisiones automatizada, incluida la elaboración de perfiles a que se refiere el artículo 401, y a proporcionar información significativa sobre la lógica aplicada y la importancia y las consecuencias previstas del tratamiento.
Evaluaciones de impacto sobre la protección de datos
El artículo 428 del Código Digital exige una evaluación de impacto sobre la protección de datos antes de cualquier tratamiento que pueda suponer un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas, en particular cuando se utilicen nuevas tecnologías. El texto refleja el artículo 35(3) del GDPR: se exige una evaluación especialmente para una evaluación sistemática y exhaustiva de aspectos personales basada en el tratamiento automatizado, incluida la elaboración de perfiles, sobre la que se basen decisiones que produzcan efectos jurídicos o igualmente significativos; para el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos o de datos relativos a condenas penales; o para la observación sistemática a gran escala de una zona de acceso público. El artículo 429 exige la consulta previa a la APDP cuando subsista un riesgo residual elevado, y la Autoridad emite un dictamen escrito en un plazo de ocho semanas, ampliable en seis semanas para tratamientos complejos. Esta es la obligación más concreta relacionada con la IA en el derecho beninés: muchos sistemas de aprendizaje automático que puntúan, clasifican o controlan a personas activarán el requisito de evaluación.
Estrategia nacional de IA e instituciones digitales
La Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial y Big Data 2023-2027 fue adoptada por el Consejo de Ministros el 18 de enero de 2023 y liderada por el Ministere du Numerique et de la Digitalisation, entonces bajo la ministra Aurelie Adam Soule Zoumarou. Se estructura en cuatro programas desplegados en tres fases a lo largo de cinco años, con una cartera de 123 acciones y un presupuesto previsto de 4.680.000.000 de francos CFA en cinco años, fundamentada en el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2025 y el Programa de Acción del Gobierno 2021-2026. Su ambición declarada es convertir a Benín en una plataforma líder de servicios digitales en África Occidental. La ejecución operativa corre a cargo de la Agence des Systemes d'Information et du Numerique (ASIN), el organismo creado mediante la fusión de cuatro entidades predecesoras, bajo la supervisión conjunta de los ministerios de finanzas y digital. ASIN desarrolló GPT BJ, un chatbot gubernamental que responde preguntas sobre los códigos jurídicos de Benín, presentado el 11 de mayo de 2023 en el segundo evento SENIA en Cotonú por el director de ASIN, Aristide Adjinakou, junto con Mahuna Akplogan de la asociación Isheero; el sistema responde sobre el código tributario general, el Código Digital, el código laboral y el código penal.
Contexto regional y continental
Benín está vinculado por el Acto Suplementario de la CEDEAO A/SA.1/01/10 sobre Protección de Datos Personales de 2010, un instrumento regional que obliga a los estados miembros a contar con una ley nacional de protección de datos y una autoridad competente, y que está siendo revisado. Benín ratificó la Convención de la Unión Africana sobre Ciberseguridad y Protección de Datos Personales (la Convención de Malabo) mediante el Decret No. 2024-772 de 1 de febrero de 2024, tras la autorización parlamentaria del 23 de enero de 2024, con el depósito de los instrumentos el 26 de noviembre de 2024 en Addis Abeba por Herve Djokpe, embajador de Benín en Etiopía. La Estrategia Continental de Inteligencia Artificial de la Unión Africana fue respaldada por el Consejo Ejecutivo de la UA en su 45.ª Sesión Ordinaria en Accra los días 18 y 19 de julio de 2024; es un marco orientador no vinculante con un plan de implementación por fases que abarca de 2025 a 2030, y en julio de 2024 solo seis países (Argelia, Benín, Egipto, Mauricio, Ruanda y Senegal) habían desarrollado estrategias de IA independientes. La Estrategia prevé expresamente que países como Benín avancen en la gobernanza de la IA principalmente actualizando los marcos institucionales y de protección de datos existentes, en lugar de promulgar leyes específicas sobre IA.
Ejemplos
Escenario uno: una entidad fintech de crédito despliega un modelo automatizado de puntuación crediticia para clientes en Benín. Dado que el modelo toma decisiones sobre personas basándose exclusivamente en el tratamiento automatizado de datos personales, se aplica el artículo 401 sobre toma de decisiones automatizada, la obligación de transparencia del artículo 437 exige revelar la lógica y las consecuencias, y la evaluación sistemática probablemente requerirá una evaluación de impacto sobre la protección de datos conforme al artículo 428, con posible consulta previa a la APDP en virtud del artículo 429.
Escenario dos: un organismo público o proveedor desarrolla un chatbot de servicios públicos entrenado con textos jurídicos y administrativos, como hizo ASIN con GPT BJ. Cuando estos sistemas incorporan o devuelven datos personales, el responsable del tratamiento debe registrarse u obtener la autorización correspondiente, aplicar las obligaciones del Libro V y gestionar los riesgos de sesgo e inexactitud; la estrategia SNIAM enmarca este tipo de IA en el sector público como una prioridad nacional, pero no impone un régimen de cumplimiento específico para la IA.
Escenario tres: un minorista utiliza la elaboración de perfiles conductuales a gran escala con fines de marketing. La elaboración de perfiles está definida y regulada en el Libro V, las personas tienen derecho a oponerse al tratamiento con fines de marketing directo, y la observación del comportamiento a gran escala puede activar la obligación de evaluación del artículo 428 y el escrutinio de la APDP.
Malentendidos frecuentes
Idea errónea: Benín tiene un AI Act. No es así. No existe ninguna ley, proyecto de ley ni estatuto dedicado a la IA, ni un regulador específico para la IA; la IA se rige por la legislación de protección de datos y la política pública.
Idea errónea: la Estrategia Nacional de IA y Big Data es jurídicamente vinculante. Es una estrategia gubernamental y un plan de inversión, no legislación, y no crea por sí sola obligaciones exigibles en materia de IA.
Idea errónea: la protección de datos en Benín sigue rigiéndose por la ley de 2009. La ley de 2009 ha sido sustituida por el Libro V del Código Digital (Loi No. 2017-20, modificada por la Loi No. 2020-35), que es el instrumento vigente.
Idea errónea: al no existir una ley de IA, la IA no está regulada en Benín. La toma de decisiones automatizada, la elaboración de perfiles y el tratamiento de alto riesgo están plenamente cubiertos por las disposiciones exigibles del Código Digital y la supervisión de la APDP.
Idea errónea: la Convención de Malabo creó las normas de protección de datos de Benín. Las normas vinculantes de Benín provienen de su propio Código Digital; la Convención de Malabo es un tratado continental que Benín ratificó en 2024 y que establece un marco de armonización, pero no suministra por sí misma las obligaciones nacionales operativas.
Riesgos y límites
Este artículo describe un panorama de gobernanza basado en la legislación de protección de datos más la política pública, no en una ley específica sobre IA. El límite más claro es que nada en el derecho beninés regula la IA como tal: no existen niveles de riesgo para los sistemas de IA, no hay evaluación de la conformidad para la IA de alto riesgo, no hay normas sobre modelos fundacionales ni mandatos de transparencia específicos para la IA más allá de las disposiciones sobre decisiones automatizadas y elaboración de perfiles del Libro V. La Estrategia Nacional de IA y Big Data es duradera como declaración de intenciones, pero no es derecho exigible y su horizonte 2023-2027 quedará desfasado. El Ministere de la Transformation Digitale et de l'Innovation, creado en el gobierno que el presidente Romuald Wadagni presentó el 24 de mayo de 2026, está liderado por Mahuna Akplogan (que posee un doctorado en inteligencia artificial) y tiene encomendada expresamente la estrategia nacional de IA; Akplogan tomó posesión del cargo el 26 de mayo de 2026. Esto indica que la política de IA y, posiblemente, la regulación futura pueden evolucionar, pero no se ha confirmado ningún proyecto de ley sobre IA. También conviene señalar un conflicto de fuentes: algunas fuentes secundarias incluyen a Benín entre los quince estados cuyas ratificaciones pusieron en vigor la Convención de Malabo en junio de 2023, pero el decreto oficial de ratificación de Benín está fechado el 1 de febrero de 2024 y el depósito de los instrumentos tuvo lugar el 26 de noviembre de 2024, por lo que Benín ratificó después de que la Convención ya hubiera entrado en vigor. El decreto y el depósito de 2024 deben considerarse la referencia autorizada.
Próximos pasos
Conviene tratar a Benín como una jurisdicción de IA liderada por la protección de datos. Hay que determinar si el sistema de IA trata datos personales de personas en Benín y confirmar que se aplica el Libro V, incluido su alcance extraterritorial. Conviene identificar si el tratamiento activa una evaluación de impacto conforme al artículo 428 y prever la consulta previa a la APDP en virtud del artículo 429 cuando subsista un riesgo elevado. Las divulgaciones de transparencia del artículo 437 deben integrarse en cualquier toma de decisiones automatizada, y hay que revisar si el artículo 401 limita las decisiones adoptadas exclusivamente por medios automatizados. Es necesario registrarse u obtener la autorización de la APDP según lo requiera el tratamiento, y conviene considerar el nombramiento de un delegado de protección de datos. Se recomienda seguir de cerca el Ministere de la Transformation Digitale et de l'Innovation y la APDP para obtener orientación, y estar atentos a la revisión del Acto Suplementario de la CEDEAO y a la implementación de la Estrategia Continental de IA de la UA para conocer la dirección regional. No debe asumirse que existe una ley específica sobre IA ni esperar a que se apruebe antes de aplicar las obligaciones de protección de datos.
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Preguntas frecuentes
¿Tiene Benín una ley de IA?
No. Benín no cuenta con ninguna ley, proyecto de ley ni estatuto dedicado a la IA, ni con un regulador específico para la IA. La IA se rige de forma indirecta a través de las normas de protección de datos del Libro V del Código Digital y mediante la estrategia nacional.
¿Qué ley se aplica realmente a los sistemas de IA en Benín?
El Código Digital (Loi No. 2017-20, modificada por la Loi No. 2020-35), en especial el Libro V sobre protección de datos personales, se aplica siempre que un sistema de IA trate datos personales de personas en Benín.
¿Quién regula la IA y los datos en Benín?
La Autorite de Protection des Donnees a Caractere Personnel (APDP), una autoridad administrativa independiente, supervisa el tratamiento de datos personales, gestiona reclamaciones e impone sanciones. No existe un regulador específico para la IA.
¿Restringe Benín la toma de decisiones automatizada y la elaboración de perfiles?
Sí. El Código Digital define la elaboración de perfiles y regula la toma de decisiones individuales automatizadas en el artículo 401, y el derecho de acceso del artículo 437 exige revelar la lógica y las consecuencias de las decisiones automatizadas.
¿Cuándo se requiere una evaluación de impacto sobre la protección de datos?
El artículo 428 la exige antes de cualquier tratamiento de alto riesgo, incluida la evaluación automatizada sistemática de personas con efectos significativos, el tratamiento a gran escala de datos de categorías especiales o datos penales, y la observación sistemática a gran escala de espacios públicos.
¿Qué es la Estrategia Nacional de IA y Big Data?
Es el plan de política de Benín para la IA y el big data para el período 2023-2027, adoptado por el Consejo de Ministros en enero de 2023. Es una estrategia y un plan de inversión, no una ley vinculante.
¿Se ha adherido Benín a marcos regionales y continentales de IA y datos?
Benín está vinculado por el Acto Suplementario de la CEDEAO sobre Protección de Datos Personales de 2010, ratificó la Convención de Malabo de la UA en 2024 y está dentro del ámbito de la no vinculante Estrategia Continental de Inteligencia Artificial de la Unión Africana respaldada en julio de 2024.
¿Existe un régimen sancionador?
Sí. La APDP puede imponer sanciones administrativas y económicas a los responsables del tratamiento, y el Código Digital prevé sanciones penales para determinadas infracciones en materia de protección de datos, con recurso contra las resoluciones de la APDP ante los tribunales administrativos.
